Prevención de Riesgos Laborales .-
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales estableció un sistema legal obligatorio que afecta a todas las empresas con trabajadores por cuenta ajena.
Dicha prevención de riesgos laborales deberá
integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus
actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención
de riesgos laborales.
Así mismo, la documentación que la empresa tiene que tener a disposición de la autoridad laboral es la siguiente :
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Plan de prevención.
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Evaluación de riegos.
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Planificación de la actividad preventiva.
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Medidas de protección de
prevención a adoptar y, en su caso, material de protección que deba utilizarse.
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Resultado de los controles periódicos de las condiciones de
trabajo y de la actividad de los trabajadores, si ello fuera necesario según los
resultados de la evaluación de riesgos.
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Práctica de los controles del estado de salud de los
trabajadores y conclusiones obtenidas en los mismos.
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Relación de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un día
de trabajo.
Según la Ley 54/2003 de 12 de diciembre, de Reforma del marco
normativo de la prevención de riesgos laborales, los empresarios deberán proceder a formalizar por escrito el plan
de prevención de riesgos laborales con fecha
límite el 14 de Junio de 2004.
El incumplimiento
de estas obligaciones está tipificado como infracción grave y pueden suponer sanciones que van desde 1.502,54 euros a 30.050,61 euros.
Estamos acreditados nacionalmente por la Dirección General de Trabajo e Inmigración como Servicio de Prevención Ajeno de riesgos laborales, en las especialidades de : Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
Quedamos a su entera disposición en el teléfono 912877217 para, sin compromiso alguno, ampliarle esta información.
TARIFAS 2008/2009
PRESUPUESTO PRIMER AÑO
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RENOVACIONES SIGUIENTES 4 AÑOS
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COSTE VIGILANCIA DE LA SALUD
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I.V.A. NO incluído en los precios
Precios incrementables anualmente según el I.P.C.
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Tlf.: 912877217 / prevencion@dataproteccion.com